Colegiaturas y transporte escolar sí son deducibles ante el SAT.
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- 29 ago 2025
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29 agosto, 2025 | Alejandra Guzmán | Uno TV
Previo al inicio del nuevo ciclo escolar 2025-2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que, en este regreso a clases, los pagos por colegiaturas y transporte escolar pueden deducirse en la declaración anual de personas físicas, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos por la autoridad fiscal.
¿Quiénes aplican para este beneficio?
El SAT explicó que la deducción es válida para familiares ascendientes o descendientes en línea recta, siempre y cuando no perciban ingresos superiores al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual, equivalente a 41 mil 273 pesos.
En el caso del transporte escolar, si el pago está incluido en la colegiatura, la institución debe separar el monto en la factura para que la deducción sea válida.
Límites de deducción por nivel educativo
El SAT destacó que como importante considerar que el monto anual pagado que se puede deducir por concepto de colegiaturas no debe exceder los límites establecidos por estudiante para cada nivel educativo. Los cuales son los siguientes:
Preescolar: 14 mil 200 pesos
Primaria: 12 mil 900 pesos
Secundaria: 19 mil 900 pesos
Profesional técnico: 17 mil 100 pesos
Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos
Requisitos clave para la deducción ante el SAT
Para que se pueda hacer la deducción ante el SAT por motivo de colegiaturas se deben tener en cuenta requisitos clave como:
El pago debe realizarse mediante cheque, transferencia, tarjeta de débito, crédito o servicios.
La escuela debe contar con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.
¿Qué debe incluir la factura?
El SAT recomendó revisar que las facturas que se emitan por este concepto deben tener los siguientes datos:
Nombre y CURP del alumno
El nivel escolar
La clave de reconocimiento de validez oficial.
El campo “Uso del CFDI” debe ser “Pagos por servicios educativos” y la clave debe corresponder al medio de pago.
¿Cuáles no son deducibles?
Aunque las colegiaturas son deducibles ante el SAT, la autoridad fiscal destacó que no son deducibles conceptos como:
Inscripción
Reinscripción
Becas
Apoyos económicos





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