top of page

Arturo Zaldívar sugiere cambios a Ley de Amparo; rechaza retroactividad en reformas.

  • Foto del escritor: IMPACTO DIGITAL INFORMATIVO
    IMPACTO DIGITAL INFORMATIVO
  • 3 oct 2025
  • 2 Min. de lectura

Con información de Excelsior

CDMX/ Arturo Zaldívar, coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia de la República, llamó este viernes a realizar ajustes en la propuesta de reformas a la Ley de Amparo con el fin de evitar interpretaciones que pudieran implicar retroactividad, lo que, advirtió, sería una violación al artículo 14 constitucional.

Durante la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum, el ministro en retiro explicó que el primer artículo transitorio del proyecto ha generado un debate “innecesario” sobre la posible aplicación retroactiva de las disposiciones. En ese sentido, subrayó que el gobierno federal no está de acuerdo con ninguna medida que vulnere la Carta Magna.

“No estamos a favor de ningún tipo de retroactividad, por eso de manera respetuosa y en el ánimo de un diálogo constitucional entre poderes, nos permitimos sugerir a los legisladores hacer adecuaciones al artículo sin cambiar su sentido, simplemente dándole claridad”, afirmó.

Entre las propuestas presentadas, Zaldívar planteó tres ajustes principales:

  1. Establecer de manera expresa que la Ley de Amparo es de carácter procesal.

  2. Aclarar que las nuevas disposiciones no tendrán aplicación sobre hechos ya concluidos o resueltos.

  3. Precisar que la norma será aplicable únicamente a actos futuros, sin retroactividad.

“Las etapas concluidas generan derechos adquiridos y se rigen por las normas vigentes al momento de su actuación. La regla general es que cada actuación se rija por las leyes vigentes en esa actuación”, explicó.

Finalmente, reiteró que el gobierno busca “dar certeza y claridad” a la ciudadanía y al ámbito legislativo: “Queremos ser muy claros, entendemos la buena intención de los legisladores, pero pensamos que se tiene que clarificar. No estamos de acuerdo con ninguna violación a la Constitución ni con una aplicación retroactiva”.


Comentarios


bottom of page